. . . . . . . . . . . . . . . . . . (Lugar y fecha)
REUNIDOS
De
una parte, . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., en adelante, el
PATROCINADOR y,
de
otra parte, . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., en adelante, el PATROCINADO
MANIFIESTAN
1. Que el PATROCINADOR tiene como
actividad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (describir
la
actividad).
2. Que el PATROCINADO es un club
deportivo de . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (indicar
actividades desarrolladas), y está interesado en promocionar,
a través de
los actos públicos y las competiciones en las que interviene, los
productos del
PATROCINADOR, a cambio de una contraprestación.
3. Por
todo ello, ambas partes
se reconocen capacidad legal suficiente para contratar y están
interesadas en
formalizar el presente CONTRATO DE PATROCINIO PARA LA DIFUSION
PUBLICITARIA,
por lo que, con el fin de regular sus relaciones, se someten a las
siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.
Objeto del contrato.
El
PATROCINADO . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . se compromete a divulgar la imagen del
PATROCINADOR en
todos los actos públicos y competiciones en los que intervenga. (Concrete
aquí en qué competiciones y actos va a participar el patrocinado.)
SEGUNDA.
Contenido de la prestación
publicitaria.
La
publicidad se realizará a través de
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (indicar la
forma en que se
canalizará la publicidad: marca o logotipo en las camisetas, adición
del nombre
de la empresa al del club deportivo, paneles de fondo en ruedas de
prensa,
publicidad estática en las instalaciones deportivas, etc.).
TERCERA.
Limitaciones.
En
ningún caso la propaganda tendrá
contenido político, religioso, racista o similar, y no se aceptará
ninguna
modalidad de difusión que pueda herir la sensibilidad pública.
El
PATROCINADO se reserva el derecho
de no exhibir dicho contenido de publicidad si el mismo fuese
manifiestamente
contrario a la dignidad de la persona o vulnerase los valores y
derechos
recogidos en la Constitución Española, o incumpliese las normas sobre
publicidad lícita recogidas en la Ley General de Publicidad 34/1988, de
11 de
noviembre.
CUARTA.
Duración de la campaña
publicitaria.
El
presente contrato tendrá una
duración anual, renovándose automáticamente por plazos de igual
duración si
ninguna de las partes manifiesta su intención de darlo por finalizado
con una
antelación de dos meses antes de la llegada del término inicial o de
cada una
de las prórrogas sucesivas.
QUINTA.
Pago de los actos de
patrocinio.
El
PATROCINADO, a cambio de su
colaboración en la publicidad del PATROCINADOR, recibirá una ayuda
económica en
las siguientes condiciones:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . .
. . . . .
(Detallar
en qué consistirán dichas
ayudas económicas, el importe, cómo se realizará el pago de las ayudas,
cuándo,
etc.).
SEXTA.
Impago de las ayudas económicas
al PATROCINADO.
El
impago de las cantidades adeudadas
por el PATROCINADOR dará lugar a su reclamación judicial y al pago de
un
interés de demora del . . . . . . % al PATROCINADO, desde la fecha en
que debía
haberse hecho efectivo el pago, así como a una indemnización por daños
y
perjuicios de . . . . . . . euros.
SÉPTIMA.
Resolución anticipada del
contrato.
Si
el PATROCINADO no ejecuta la
publicidad objeto del presente contrato –salvo por causa de fuerza
mayor–, el
PATROCINADOR podrá optar por exigir un patrocinio posterior en las
mismas
condiciones pactadas o bien por resolver el contrato, con devolución de
lo
pagado por la publicidad no patrocinada. En ambos casos, el PATROCINADO
deberá
indemnizar los daños y perjuicios ocasionados.
Si
por el contrario, la falta de
patrocinio fuese imputable al PATROCINADOR, éste vendrá obligado a
indemnizar
al PATROCINADO y a satisfacerle íntegramente el precio, salvo que el
PATROCINADO haya ocupado total o parcialmente, con otra publicidad, las
unidades de espacio contratadas.
OCTAVA.
Jurisdicción
aplicable/Cláusula arbitral.
Las
partes que intervienen se someten
expresamente a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de . . . .
. . . .
. . . . . . . . . , con renuncia al fuero propio que pudiese
corresponderles.
O
bien
Las
partes que intervienen acuerdan
que todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de
la
ejecución o interpretación del presente contrato, se dirimirán mediante
arbitraje en el marco de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio
e
Industria de . . . . . . . . . . . ., a la que se encomienda la
administración
del arbitraje y la designación de árbitros de acuerdo con su reglamento
y
estatutos. Igualmente, las partes hacen constar expresamente su
compromiso de
cumplir el laudo arbitral que se dicte.
Las
partes se manifiestan conformes
con el contenido del presente contrato, y lo firman por duplicado en el
lugar y
la fecha indicados en el encabezamiento.
EL
PATROCINADO
EL
PATROCINADOR
Firmado:
. . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . .
Firmado:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .