CONTRATO DE USUFRUCTO DE FINCA REGISTRAL


. . . . . . . . . . . . . . . . . . (Lugar y fecha)

REUNIDOS

 

De una parte, . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .,

y, de otra parte, . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ,

EXPONEN

1.  Que . . . . . . . . . . . . . . es titular con libre poder de disposición de la finca que pasa a des­cribirse (en adelante, la finca):

     (Describir situación de la finca, datos catastrales y registrales.)

2.  Que estando interesada la nuda propietaria en ceder el usufructo de la finca descrita con anterioridad a . . . . . , y ésta a recibirlo, todo ello en los términos, condiciones y precio que posteriormente se dirá, por lo que dada la concurrencia de intereses, las partes, de sus más libres y espontáneas voluntades, proceden a suscribir el presente CONTRATO DE USUFRUCTO DE FINCA REGISTRAL, el cual se regirá por los siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA. Constitución del derecho de usufructo.

Don . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . constituye a favor de Don . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . un DERECHO DE USUFRUCTO respecto de la finca descrita en el expositivo primero, relevando la nuda propietaria a la usufruc­tuaria de la obligación de prestar fianza establecida en el artículo 491.2º del Código Civil.

 

SEGUNDA. Plazo.

El usufructo objeto del presente documento lo será con carácter vitalicio [2ª opción: por plazo de . . . . . . años de forma que llegado el día . . . . . . . de . . . . . . . . . de . . . . . . . . . se entenderá extinguido el derecho sin más requisito o formalidad salvo que con anterioridad concurra alguna de las causas de extinción que luego se dirán, en cuyo caso quedará ­extinguido desde este momento] salvo que con anterioridad concurra alguna de las causas de extinción que luego se dirán, en cuyo caso quedará extinguido desde este momento.

 


TERCERA. Posesión.

La usufructuaria tomará posesión de la finca, sus instalaciones . . . . . . . . . . . . con la firma del presente documento a su entera satisfacción y conformidad previo examen y reconocimiento, renunciando a efectuar cualquier tipo de reclamación.

 

CUARTA. Precio.

En justa contraprestación por la presente constitución de usufructo, la usufructuaria deberá satisfacer a la nuda propiedad el importe total de . . . . . . (letras; cifras), de los cuales . . . . . . se satisfacen en este acto mediante . . . . . . que  se incorpora como Anexo, equivaliendo la firma del presente documento a la más cabal y eficaz carta de pago respecto de dicho importe.

El resto, esto es, . . . . . . (letras; cifras) se satisfarán . . . . . . (calendario pago).

(O, en su caso, gratuito.)

 

QUINTA. Derechos de la usufructuaria.

El usufructo constituido a favor de . . . . . . . . . . . le confiere el derecho a percibir todos los frutos originados por la finca. A tal efecto, la usufructuaria podrá celebrar contratos de arrendamiento y otros análogos si bien éstos se resolverán a la finalización del presente documento.

Asimismo, podrá efectuar en la finca las mejoras que estime libremente convenientes, ­siempre que no se altere esencialmente, no teniendo derecho, durante o a la finalización del usufructo, a indemnización alguna quedando dichas mejoras en beneficio de ésta.

 

SEXTA. Obligaciones de la usufructaria.

Como consecuencia del usufructo, la usufructuaria vendrá obligada a usar y disfrutar la finca de forma diligente, obligándose a realizar las reparaciones ordinarias, entendiendo por estas las que exijan los deterioros o desperfectos que procedan del uso normal y sean indispensables para su conservación.

Las reparaciones extraordinarias serán a cargo de la nuda propiedad, siendo obligación de la usufructuaria, poner en conocimiento de ésta cualquier circunstancia y/o evento del que ­derive la necesidad de realizar tales reparaciones, así como de las posibles perturbaciones en la propiedad o en su derecho de usufructo.

 

SÉPTIMA. Extinción del usufructo.

El derecho de usufructo objeto del presente documento . . . . . . . . . . se extinguirá por las causas siguientes:

·   Renuncia o fallecimiento de la usufructuaria.

·   Adquisición de la propiedad por parte de la usufructuaria.

·   Expiración del plazo por el que se constituyo [en caso de ser temporal].

·   Pérdida total de la cosa objeto del usufructo.

 

OCTAVA. Resolución por incumplimiento.

Si la usufructuaria incumpliese cualquier obligación contenida en este documento o que por ley sea exigible, la nuda propietaria podrá optar entre exigir su fiel y exacto cumplimiento o resolver la constitución del presente derecho de usufructo, todo ello previo requerimiento fehaciente, pudiendo dejarse sin efecto la opción notificada si en el plazo de . . . . . . días a partir de la mencionada notificación se cumple con la obligación que hubiere dado lugar a ésta.

En caso de haber optado la nuda propietaria por exigir el cumplimiento de la obligación incumplida, el requerimiento a la usufructuaria deberá expresar el plazo que razonablemente se le concede para su cumplimiento, entendiéndose resuelto su derecho, sin necesidad de notificación alguna, si no cumpliera con lo ordenado en dicho plazo, recuperando la nuda propiedad el pleno dominio de la finca.

 

NOVENA. Otorgamiento de la escritura pública.

La escritura a favor de la usufructuaria elevando a público el presente documento se otorgará pasados . . . . . . . . días desde su firma a simple requerimiento de cualquiera de los comparecientes, ante el notario que designe el requirente, escritura en la que se hará constar todas las estipulaciones contenidas en este contrato y que constituyen el título constitutivo del usufructo.

 

DÉCIMA. Gastos e impuestos.

Todos los gastos e impuestos que se devenguen como consecuencia del usufructo así como de la escritura serán a cargo de la usufructuaria.

 

DECIMOPRIMERA. Notificaciones.

A efectos de notificaciones que traigan causa del presente contrato, se estará a los domicilios respectivamente citados para cada parte en el encabezamiento de este documento.

 

DECIMOSEGUNDA. Sumisión jurisdiccional.

En el supuesto de incumplimiento de lo acordado por alguna de les partes, éstas, con renuncia a su propio fuero, si otro fuere, se someten expresamente a la jurisdicción de los juzgados de . . . . . . . . . . . .

 

Y, en prueba de conformidad, los comparecientes firman el presente documento, por ­duplicado ejemplar y a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicado en el encabezamiento.

 

 

 

Firmado: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . (Firma de los contratantes)